Nada es por casualidad, tampoco los límites internos de un país que, como España, tiene ya más de 500 años a sus espaldas. Dentro de esa división de límites de España, el caso de Cataluña merece mención aparte. Y no sólo porque esos límites lleven años siendo discutidos como parte de la puesta en duda del Estado actual tal y como lo conocemos.
Cataluña ha tenido particularidades que merecen cuanto menos un repaso histórico. Más si cabe en estos tiempos en los que el debate identitario está más vivo que nunca.
Los pueblos ibéricos
Empezamos por lo primero. La península Ibérica fue ocupada en origen por pueblos de distintas procedencias que no llevaron a cabo ninguna división administrativa. No se trataba por tanto de una organización territorial, sino de una serie de pueblos asentados en diferentes territorios, sin una organización específica ni diferencial.
Por ello, siendo rigurosos, debe utilizarse el nombre de «pueblos ibéricos» y no de «pueblo ibérico». Nunca constituyeron una unidad política o una entidad socialmente organizada.
Como puede observarse en el siguiente mapa, Cataluña fue ocupada por los íberos, a diferencia de otras zonas de mayor influencia celta. Concretamente, ocuparon las zonas en las que hoy se encuentra Cataluña, indigetes, ausetanos, layetanos e ilergetes.
Tarraconense, en la Hispania romana
Por su parte, los romanos realizaron diversas divisiones de la península Ibérica a lo largo de su historia. La primera organización político-administrativa del territorio peninsular se remonta a los comienzos del siglo II a.C. En el año 197 a.C. se crearon dos provincias.
Hispania Citerior (con capital en Tarraco, comprendía el Valle del Ebro y el litoral mediterráneo), en la que se enmarcaría la mayor parte de la actual Cataluña, e Hispania Ulterior (con capital en Corduba, el Valle del Guadalquivir).
Tras un intenso proceso de romanización y con la conquista efectiva de la mayor parte de la Península, César Augusto aprovechó su estancia en Tarraco en el invierno del 27-26 a.C. para reorganizar de nuevo la vieja división de la Península.
El nuevo emperador decidió dividir definitivamente Hispania en tres circunscripciones. Una contaba con su capital en Tarraco y que sería después llamada Tarraconensis.
La división en conventos de la Península
Esas provincias estaban a su vez divididas en conventos, uno de los cuales, era el propio Tarraconensis. Como puede apreciarse en el mapa abarcaba la práctica totalidad de la actual Cataluña y parte de la Comunidad Valenciana de hoy en día.
La Hispania visigoda puede considerarse en muchos sentidos una prolongación de la Hispania romana. Mantuvieron la división administrativa provincial romana bajo el nombre de “ducados”, uno de los cuales fue el de Tarraconensis extendiéndose a gran parte de Aragón e incluida la actual Soria.
El dominio árabe
Sobre la organización territorial de al-Ándalus desde sus inicios hasta Abd al-Rahman III, las fuentes escritas no dejan muy claro si perduró la antigua distribución territorial hispano-visigoda o sólo subsistió su estructura administrativa. Lo cierto es que Cataluña estuvo bajo dominio árabe como la práctica totalidad de la Península.
Los condados catalanes
Así las cosas, los núcleos del Pirineo oriental fueron de los primeros en reorganizarse para esa «Reconquista». La influencia del Imperio Carolingio y sus esquemas feudales explican la temprana organización del territorio en condados. Allí los condes tenían delegados (vicarios y bayles) pero no se delimitaron claramente distritos en cada condado.
Los condados catalanes aparecen en el noreste de la península Ibérica a partir de la Marca Hispánica del Imperio carolingio (siglo IX) y no se unieron a Aragón hasta 1150.
Durante el siglo X, los condes de Barcelona reforzaron su autoridad política y se fueron alejando poco a poco de la influencia franca, bajo la que estuvieron en origen.
Los condados más orientales acabaron siendo incorporados al condado de Barcelona y formaron posteriormente parte de la unión dinástica con el reino de Aragón en la llamada Corona de Aragón. El condado de Urgel mantuvo su dinastía propia hasta 1413 y el de Pallars Sobirá hasta 1491.
El Principado de Cataluña
El Principado de Cataluña es un término jurídico que se utiliza a partir del siglo XIV para nombrar al territorio bajo jurisdicción de las Cortes Catalanas. Su soberano (en latín, princeps) era el soberano de la Corona de Aragón, sin ser formalmente un reino. Lo cierto es que en la Corona de Aragón, la administración territorial no fue uniforme y su conformación fue progresiva.
La unión de Aragón y Castilla
Desde 1479, Isabel de Castilla y Fernando de Aragón inauguraron la unión dinástica de dos coronas sobre la base de una gran heterogeneidad territorial y social.
A grandes rasgos, la corona de Aragón se componía de cuatro territorios: Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca, cada uno de ellos con diferentes entidades territoriales más pequeñas. Los Reyes tendieron a gobernar sus territorios desde Castilla y eligieron virreyes o lugartenientes en cada uno de esas zonas.
Con Carlos I de España llega la dinastía de los Austrias a España, en el año 1516. Con él se mantuvieron las aduanas, las instituciones y la administración separada de todos los reinos.
De esta forma, el reino de Aragón, en el que se integraba Cataluña, mantenía sus propias instituciones. Así, en esta época, que un reino estuviera unido significaba que tenía un heredero común, por lo que la monarquía se erigía como un elemento aglutinador.
Pero el sistema de ordenación del territorio de los Austrias se revelaba como demasiado complejo y poco eficaz para un Estado moderno del siglo XVIII. Así las cosas, en 1701, tras la muerte sin descedencia de Carlos II “El Hechizado”, Felipe V, un Borbón, accedió al trono.
La Guerra de Sucesión: una guerra civil «internacionalizada»
Con la llegada del primer Borbón se desató la llamada Guerra de Sucesión (1701-1713). Fue un conflicto internacional (Francia y algunos ducados alemanes de un lado, Austria, Gran Bretaña y las Provincias Unidas de otro) pero también una guerra civil.
Mientras las Corona de Castilla y Navarra se mantuvieron fieles al candidato borbónico (Felipe V), la mayor parte de la Corona de Aragón, Cataluña incluida, prestó su apoyo al candidato austriaco (Carlos VI).
El triunfo del modelo centralista
Los Borbones, que salieron victoriosos tras 12 años de conflicto, eran más centralistas que los Austrias y trataron de hacer de su monarquía un Estado absolutista. Para ello necesitaban una ordenación del territorio diferente, más racional. Más francesa.
Los decretos de Nueva Planta
Era imperativo terminar con las diferentes legislaciones y las peculiaridades de cada reino. Y no era tarea fácil. La labor uniformizadora se llevó a cabo por medio de los Decretos de Nueva Planta (PDF), que se aplicaron a la Corona de Aragón y en general a todos los territorios que lucharon en contra de Felipe V en la guerra de Sucesión.
En este documento el rey declara «abolidos y derogados todos los referidos fueros, privilegios, práctica y costumbre hasta aquí observados en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y ha tenido en ella, y en sus tribunales sin diferencia alguna en nada».
En 1711 se impone en Aragón el Decreto de Nueva Planta, en 1715 en Mallorca, en 1716 en Cataluña: con ellos desaparecen las instituciones tradicionales y los fueros de los reinos.
Así, la España borbónica trae consigo la creación de las intendencias, que reúnen todas las atribuciones administrativas -no la judicial-, lo cual sin duda supone un importante paso centralizador.
La invasión napoleónica
Ya en el siglo XIX, con la invasión francesa, José Bonaparte busca extensión del modelo de departamentos, tal y como era práctica habitual en todos aquellos territorios bajo la administración napoleónica.
Para ello se desarrollan diversos modelos, entre los que destaca el de Lanz, con una clara preferencia por la geografía. Así, Cataluña quedaría dividida en cuatro zonas de acuerdo con las cuencas de los ríos Cinca y Segre, Ebro, Llobregat y Ter.
En 1809 Napoleón decreta la creación de cuatro gobiernos independientes en las provincias al norte del Ebro, lo que era una maniobra anexionista. Acto seguido se implanta una división departamental propia en Cataluña.
El gobierno josefino, como reacción resistencialista, aceleró la aprobación del proyecto de 38 prefecturas peninsulares con 73 subprefecturas.
En la zona anexionada por Napoleón de Aragón y Cataluña, se instauró una división departamental para desvincularla de las prefecturas. El modo de hacerlo fue sencillo, a base de sumar corregimientos.
Así, en 1812, se divide Cataluña en cuatro departamentos: Ter (Gerona), Monserrat (Barcelona), Segre (Puigcerdá) y Bocas del Ebro (Lérida). Además, el valle de Arán se agregaba al departamento francés de Alto Garona (con el que compartía idioma con el aranés y occitano) y Andorra se unía al departamento del Segre. Ciertas localidades aragonesas se incorporaban a Bocas del Ebro. Aragón también se divide en cuatro departamentos, con capitales en Alcañiz, Huesca, Teruel y Zaragoza.
Cataluña en la España liberal
Por su parte, en el lado español, la Constitución de Cádiz de 1812 enumera los territorios y reinos históricos: Aragón, Asturias, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Córdoba, Extremadura, Galicia, Granada, Jaén, León, Molina, Murcia, Navarra, Provincias Vascongadas, Sevilla, Valencia y las islas Baleares y Canarias, así como las posesiones de África, América y Filipinas.
El principal proyecto inspirado en las Cortes de Cádiz data de junio de 1813. Con la salida de José I, las Cortes entendieron que ya era momento de comenzar a realizar la división provincial, de forma que la Regencia encargó al marino, cosmógrafo y geodesta Felipe Bauzá un proyecto de división.
Provincias «de primera, segunda y tercera»
En él establecía una curiosa jerarquía administrativa entre «provincias de primera, de segunda y de tercera», intentando combinar los reinos tradicionales con las entidades de nueva creación.
Según Bauzá serían «provincias de primera» Aragón, Cataluña, Valencia, Granada, Extremadura, Toledo, Madrid, León Provincias Vascongadas y Galicia.
Las «provincias de segunda» serían Asturias, Santander, Navarra, Soria, Cuenca, Murcia, Jaén, Málaga, Cádiz, Córdoba, La Mancha, Salamanca, Valladolid, Burgos, Segovia, Islas Baleares e Islas Canarias. Las provincias «de tercera» o subalternas serían dependientes de las de primera.
En el Caso de cataluña había tres, una con sede en La Seo d’Urgel, otra con sede en Tarragona y otra en Barcelona.
En marzo de 1821, durante el Trienio Liberal, se anuncia en las Cortes la presentación del proyecto de división provincial, que constaba de 47 provincias más Canarias. Todas las provincias tenían igualdad jurídica, es decir, eran independientes entre sí. También se acompañaba una división judicial y militar.
El proyecto de Bauzá y Larramendi
El proyecto, de Bauzá y Larramendi, es el verdadero germen de las provincias actuales. Cataluña queda dividida en cuatro provincias con sedes en La Seu d’Urgell, Barcelona Tarragona y Gerona, que aparece como provincia por primera vez.
El proyecto sufre algunas modificaciones durante su tramitación en Cortes el año siguiente, en 1822. En cuanto a Cataluña, los diputados catalanes proponían suprimir la provincia de Seo de Urgel y sustituirla por otra vertebrada por el río Segre, con capital en Lérida, al estilo de la propuesta de 1820.
Javier De Burgos se encuentra con el plan de división territorial de Larramendi, quien, como se apuntaba, junto a Bauzá, se puede considerar el verdadero precursor de la división administrativa contemporánea de España.
Pero sería De Burgos quien se llevara la fama. La promulgación del célebre Decreto de 30 de noviembre de 1833 divide España administrativamente en 49 provincias y deja claros los límites de Cataluña, tal y como los conocemos hoy en día y su composición en cuatro provincias: Lérida, Tarragona, Barcelona y Gerona.
Una vez asentada por fin una organización más racional del territorio a través de las provincias a lo largo del XIX y con su mapa definitivo dibujado, llegó el turno de las regiones.
Pugna entre centralismo y regionalismo
Sabido es que la España contemporánea se ha caracterizado por una “pugna” entre el centralismo y el regionalismo/nacionalismo. No es de extrañar que, tras el desastre del 1898 y en una España vista por muchos “en descomposición” de lo que algún día fue, los movimientos regionalistas (hoy día nacionalistas en varios casos) comenzaran a arraigar.
Mancomunidad de diputaciones
El primer proyecto de organización territorial del siglo XX fue, en los estertores de la Restauración, el de Antonio Maura, en 1907. Suscitó una larga discusión parlamentaria en su principal aspecto, la mancomunación de diputaciones (y de provincias).
La mancomunación era voluntaria, pero por una parte, se vio insuficiente por los grupos catalanistas, y por otra parte, era vista como una imposición catalana al resto del Estado.
Así las cosas, la posibilidad de formar mancomunidades fue bloqueada en las Cortes hasta que se aprobó en diciembre de 1913, por el gobierno de Eduardo Dato. La de Cataluña fue la única mancomunidad que se estableció, en 1914.
Por su parte, Primo de Rivera negó ese carácter regionalista: disolvió la mancomunidad de Cataluña en julio de 1925. Además promovió una regionalización basada en parámetros naturales de relieve, clima y otros factores y daba alternativas a las regiones históricas. Así, por ejemplo, Lérida se enmarcaba en Aragón y la región catalana la compondrían las provincias de Barcelona, Gerona y Tarragona.
La Segunda república y el cuestionamiento de la organización provincial
Es en la Segunda República cuando se reactivan los regionalismos y se cuestiona nuevamente la organización provincial. Durante este periodo, hubo una diversidad de actitudes que osciló desde las posiciones más unitarias, hasta las federales, pasando por las autonomistas. Muchos regionalistas lo eran sólo por el hecho de la insatisfacción que generaban las provincias.
El Estatuto de Autonomía para Cataluña se sometió a referéndum incluso antes de la aprobación de la Constitución de 1931. Una vez adaptado a ésta, se aprobó en septiembre de 1932. Aunque la normativa regionalista republicana se creó para satisfacer las reivindicaciones catalanistas, el hecho regional fue generalizándose a toda España.
La comarcalización de Cataluña
Mención especial merece el caso de la comarcalización de Cataluña de 1936, con la intención de crear comarcas que gestionasen servicios transferidos del gobierno catalán.
El primer paso fue delimitar cuáles eran estos servicios. Se deseaba que su número no fuese excesivo, por eso la primera propuesta da 28 comarcas, aunque los resultados no eran satisfactorios, por lo forzado de la división.
De ahí que se estableciera una segunda propuesta, de 38 comarcas y 9 regiones o veguerías (como se denominaban los antiguos territorios suprimidos por los Decretos de Nueva Planta). Este plan se ultimó en 1932, pero nunca se presentó al Parlamento, sino que se aprobó por decreto en agosto de 1936.
El se realizó a partir de los partidos judiciales, modificado a partir de una encuesta popular acerca de la adscripción comarcal. Sólo se designaron cuatro comarcas sin partido judicial previo, y sólo desaparecían dos, Tarrasa y Arenys de Mar, agregados a Sabadell y Mataró, respectivamente.
De las restantes, había una elevada coincidencia con la división de partidos judiciales. Las capitales de las 9 regiones eran, aparte de las 4 provinciales, Manresa, Reus, Tortosa, Tremp y Vich. Este número era visto excesivo, y se proponía la reducción a 5 (las capitales provinciales y Manresa).
La derrota republicana supuso la vuelta al viejo esquema administrativo de provincias y diputaciones durante el franquismo. Es entre 1977 y 1983 cuando se configura el actual mapa autonómico en España. Y lo hace con una clara base provincial.
El modelo autonómico
La Constitución Española de 1978 se abstuvo de establecer un mapa regional de España y se limitó a reconocer a “las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica” (artículo 143.1).
También el derecho de acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades autónomas con arreglo a la Constitución y a lo dispuesto en sus respectivos Estatutos de autonomía. Así, tras los pactos autonómicos de 1981 y 1992, España queda organizada en 17 comunidades autónomas.
Sin duda, la región que más se ha opuesto a la estructura provincial ha sido Cataluña. La división comarcal de 1936 gozó de popularidad incluso en el franquismo y fue restituida por ley del Parlamento en 1987 (ley en PDF).
La Ley sufrió algunos cambios, de municipios que cambiaron de comarca, o la creación de tres nuevas comarcas, con capitales en Mollerusa, Bañolas y Pont de Suert. Las competencias que otorgaba la Ley las configuran con la intención de suplir a las diputaciones.
Por la conveniencia de suprimir provincias y diputaciones en Cataluña, se promulgó la Ley de transferencia urgente, anulada por el Tribunal Constitucional, por entender que violaba la garantía institucional del ente provincial, que como tal viene recogido en la Constitución.
Las veguerías catalanas
Ya en 2010, el Parlamento catalán aprobó la recuperación de las veguerías, como división administrativa de Cataluña, pero una sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatut negó a esta Cámara la capacidad para crear esas divisiones, que eran siete, según el proyecto de Ley.
Ante esta situación, el Ejecutivo catalán se propuso convertir a Cataluña en una comunidad uniprovincial y así las diputaciones desaparecerían como ha sucedido en las autonomías uniprovinciales.
A la par, la administración periférica autonómica se organizaría en regiones, excepto el valle de Arán, que por su Ley de régimen especial no podrá ser incluida en ninguna división territorial de Cataluña que no sea ella misma.
La constitución de 1978 quiso cerrar capítulo en las reclamaciones territoriales con la creación del “Estado de las Autonomías”. Era un modelo inédito, no federal, que otorgaba a las regiones unas competencias que a la postre se han visto superiores a las de muchos estados federados del planeta.
Quizá sólo logró procrastinar el problema. Ese capítulo, esa pugna, nunca está zanjada en España. La constante redefinición del modelo territorial parece parte constitutiva de nuestro país. Veremos cómo evoluciona.
ai se estudia en serio la Historia de España, uno a poco que piense en la evolución desde Hispania, seda cuenta que España es una nación.
Como ya se ha comentado anteriormente, España como Estado (no acepto España como nación, ya que considero que es un Estado formado por varias naciones, de cuatro a cinco o seis principalmente), empezaría a crearse a partir del siglo XVIII con los Decretos de Nueva Planta, y por tanto la existencia del Estado español o España, tendría poco más de 300 años. Una cosa insignificante en relación a la vida.
De hecho, hay un par de frases del año 1835, que lo dejan bien claro:
«Debemos propagar la imagen de la «nación», e inculcar apego a ella y unirlo todo al país y a la bandera, a menudo inventando tradiciones o incluso naciones para tal fin. Uno de los objetos principales que nos debemos proponer los castellanos, es hacer de la nación española una nación, que no lo es ni lo ha sido nunca hasta ahora».
(Antonio Alcalá Galviano en las Cortes del Estatuto Real en 1835)
El vector de la historia tiene un sentido y una dirección.
La Hispania medieval queda inconcreta si en ella no se sitúa el Imperiúm Legionensis.
Los Condes de Cataluña fueron a las Coronaciones de varios Reyes Emperadores Legionensis.
En la red podemos encontrar los siguiente:
«marzo del año 1097
En la fecha, tal vez porque se acerca el cumplimiento de los once años de regencia sin que BERENGUER RAMON II dé muestra alguna de su intención de asociar a RAMON BERENGUER III al gobierno, su madre, MAFALDA, y varios nobles acuden ante la curia del emperador leonés ALFONSO VI y retan al conde de Barcelona, acusándole del asesinato de su hermano. De acuerdo con el procedimiento judicial de la época, el reto, entre la nobleza, iniciaba en casos de “alevosía” un procedimiento de duelo judicial. En este caso el derrotado es el conde de Barcelona, con lo que queda demostrada su culpabilidad. Consiguientemente, es declarado públicamente asesino y traidor.»
Tal dato es revelador. La Condesa Mafalda pide protección y amparo a quién se lo puede dar, el cual en su ejercicio soberano se lo otorga, proclamando «El Juicio de Dios», y de su resultado sale la proclamación de Ramón Berenguer III.
¿Y qué….?
¿Emperador leonés?
Cuando nació la palabra España, y a que territorio se refería? Gracias Gonzalo, o quien me pueda contestar
Me parece un artículo acertadísimo, pero sobre todo, me gusta que los lectores muestren sus opiniones con respeto como así lo hacen, porque nadie tiene la verdad absoluta en esta cuestión, se pueden hacer aproximaciones que pueden estar muy cerca, muy cerca, de la realidad pasada, para que podamos entender mejor el presente.
EXCELENTE, GRACIAS.
La historia se repite porque tenemos los mismos actores que tienen los mismos inteteses de siempre : poder, influencias, con resultado de dinero, privilegios y favores… !!
Me ha encantado el artículo, qué maravilla y qué completo. He visto en otro comentario que te pedían un artículo de las mismas características pero centrado en el territorio de Euskadi. Ya que estamos, me pongo yo también de peticionaria: ¿te parecería interesante uno de Galicia?
¡Apuntado también! Por de pronto, estamos preparando un macropost con la evolución del mapa de España en su conjunto a lo largo de los siglos.
Saludos,
Gonzalo
El término «princeps» en Aragón se utilizó en su acepción de «primer ciudadano» o «gobernador», no como «príncipe», por lo que lo de «principado» es otra (de las muchas) reescrituras de la historia de Aragón.
No voy a opinar aqui, de geografía histórica, porque ya han sido muy bien explicados todos los acontecimientos a lo largo del tiempo, pero como Argentino-Español que me siento, me duele y da pena la división que se quiere llevar adelante, que no se haya podido solucionar las diferencias en una mesa de concertación con todos los actores, es realmente triste. Juan Ferrer.
Como si las Naciones se hubieran formado porque lo votaran o se reunieran en una mesa de concertación…..Se forman con el paso de siglos y una cultura en común aceptada. Deje de leer sandeces imprecisas como ésta. Igual le ayuda ésto:
https://www.youtube.com/watch?v=wznSQQfNL_4
Los condados catalanes, no existían en el s. IX.
El nombre de Cataluña para designar a un conjunto de condados es muy posterior, aparece bastante más tarde de que Ramiro el Monje pacte el casamiento de su hija Petronila con el conde Ramon Berenguer IV.
Coincido con Miguel A. Hidalgo
https://vm.tiktok.com/ZMRfAtuKh/
Es una traduccion del latín, está en catalán pero es muy fácil de entender
Deja bastante claro desde cuando está el topónimo “catalán”, refiriendose a alguien que habita en un sitio determinado, en uso
Como siempre un agradable artículo lástima lo que está ocurriendo siempre e sido gran admirador de la madre patria de los regionalismos siempre e sido un simpatizante me encantan las comidas y costumbres autóctonas pero siempre integradas a un todo……… Pero si se quieren separar siempre que lo hagan en forma legal
Hablar de condados Catalanes no es acertado pues presupone la existencia de una Cataluña cuyo corónimo tardó siglos en aparecer, y muchos más en constituir entidad política. Sería más exacto condados francos o condados de la Marca Hispánica.
En cuanto a lo del ‘modelo centralista’ tampoco es acertado a mi entender, pues incluye prejuicios actuales. Si intentamos contextualizar hay que recordar que en la época, la centralización y la superación de jurisdicciones y leyes privalivas fue modernidad, lo mismo que hoy día representa la UE como espacio único (de momento solo en algunas cuestiones). Lo describiría más como modelo centralizado o modelo unitario.
¡Tarraconensis, no es igual a Cataluña, sobreponer mapas y lo vereis!
Fuera de lugar la transmisión acrítica de los invasores imperiales,es altamente interesada y la raíz ibérica no está muerta ni mucho menos.
¡Muy buen artículo!
Un pequeño comentario: La «Reconquista». En lo que se acabó convirtiendo en la Catalunya actual, no hubo Reconquista tomando el concepto que se da en España. En éste caso se trata de una iniciativa franca por poner una tierra de frontera (una «marca») entre ellos y Al-Andalus, no una recuperación de territorio.
Así pues, en este caso, creo que no debería ponerse en mayúsculas al no tratarse de lo mismo, conceptualmente hablando. Y quizás no usar ni la misma palabra, para evitar confusiones.
¡Muchas gracias!
Creo que el título del articulo no es exacto. Hablas de España como si este concepto existiera desde la época de los íberos, lo más correcto es hablar de «encaje de los pueblos peninsulares»
En la serie de post publicados sobre la temática en el blog https://www.geografiainfinita.com/category/general/especiales/organizacion-territorial-de-espana/ se ha especificado esa diferencia. En este artículo concreto se ha expresado en el texto, no en el titular ya que e»El encaje de Cataluña en los pueblos peninsulares» me parece que no responde a la esencia de lo que se cuenta en el post. Gracias por el comentario
Tiene mucho sentido.
Se trata de una evolucion mas bien conjunta.
Gran articulo!! Así como otros muchos que tienes en el blog. Esta claro que cuando la historia se plasman en mapas. Todo queda mucho más claro.
Muchas gracias, me alegro de que sirvan los artículos del blog. Un saludo
¿Taraconensis = Cataluña? Ahí he parado de leer.
Lo que se analiza en el artículo es cómo se organizaba el territorio que hoy en día es Cataluña. Tarraconensis se llamaba en época romana ese suelo que hoy se llama Cataluña. Saludos
Pingback: De cómo Cataluña ha encajado en España a lo largo de la historia
excelente trabajo, se agradeceria Euskadi, sin prisa, es solo una sugerencia. Gracias
Muchas gracias Raimundo, la verdad es que tengo material para hacerlo también de Euskadi. Es cuestión de encontrar el tiempo, apuntado queda!
Es cierto que, como tal, España se forma de jure en 1715 con los decretos de Nueva Planta en los que pasa a ser un estado absolutista, pero existía de facto desde 1516 con Carlos I al consolidarse la unión dinástica que se inició en 1479 con sus abuelos maternos.
Que hasta 1715 se mantuviese con un régimen polisinodial no excluye que formalmente, y sobre todo de cara al exterior, existiera un único soberano para los diferentes territorios y con ello se pueda considerar la existencia de España como una entidad singular con nombre y reconocimiento. Esto tampoco implica que los territorios por ella contenida careciesen de entidad propia… Era simplemente otra forma de gobierno.
No lo podría haber explicado mejor.
Enhorabuena, Gonzalo, por esta serie de post sobre la organización territorial histórica de la Península y España. ¿Has pensado en digitalizar los mapas y divisiones?
Muchas gracias @xvilan. La verdad es que me encantaría poder hacerlo, aportaría muchísimo valor, sin duda, pero necesitaría sin duda una mano porque ni domino tanto las herramientas ni tengo tiempo para ponerme a ello con mis conocimientos actuales. Si te animas, sílvame.
» un país que como España, tiene ya más de 500 años a sus espaldas.»
«En 1711 se impone en Aragón el Decreto de Nueva Planta, en 1715 en Mallorca, en 1716 en Cataluña: con ellos desaparecen las instituciones tradicionales y los fueros de los reinos. »
Mi comentario: Decir que España tiene ya más de 500 años no es correcto, una vez que solo con el Decreto de Nueva Planta son abolidos los fueros de los reinos, hasta ese momento, apenas hay varios reinos, todos ellos en igualdad jurídica cuyo rey ciñe la corona de todos esos reinos, pero no hay unidad territorial ni jurídica, cosa que solo acontece con el dicho Decreto…
Sin duda, siendo puristas tienes toda la razón. Lo reflejaré de algún modo. Pero si es verdad que la unión de reinos de los RRCC me parece que en una versión resumida podría considerarse el origen de lo que hoy es España. Un saludo y muchas gracias por tus comentarios, que los leo todos ;)
Hay por ahí otro post (felicidades por él igual que por éste) en el que se plantea ¿qué es un país?). Que no haya unidad jurídica no puede ser base (hoy) para decir que no se es un país, pues entonces hoy en España habría 17 países, en EEUU no sé cuántos (¡si hay diferencias tan grandes como que el Estado te pueda matar o no!), etc.
En los siglos XV-XVI… un país se identificaba con su monarca, la población del mismo con la condición de súbdito del rey, etc. Y está claro que, aún con leyes diferentes en distintas partes del territorio, con medievales «aduanas interiores», etc. el monarca era único para todo el territorio, y todos los que vivían en el territorio eran «súbditos» de los Reyes Católicos o de Carlos I.
Por tanto, sí que parece adecuado decir que España tenga 500 años, aunque el decreto de Nueva Planta suprimiera diferencias jurídicas de raíz medieval para uniformarlas, o la Constitución de 1978 permitiera diferencias jurídicas y autogobiernos muy importantes de partes del país frente al sistema centralizado y uniforme previo. El decreto de Nueva Planta, no hace desaparecer países, como la Constitución de 1978 no hace nacer otros.